Resumen del Tema 13 de Guardia Civil: Seguridad Pública y Seguridad Privada

LO 4/2015 + Ley 5/2014

Texto verificado contra el BOE el 11/06/2026

Cubre la LO 4/2015 de seguridad ciudadana y la Ley 5/2014 de seguridad privada: identificación, registros, sanciones, vigilantes, escoltas y detectives.

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Diagrama: procedimiento administrativo sancionador (LO 4/2015)

El procedimiento sancionador del régimen de seguridad ciudadana se articula en torno al principio de subsidiariedad respecto del orden penal (art. 45 LOPSC): si los hechos pudieran ser constitutivos de delito, la Administración suspende el expediente y traslada al Ministerio Fiscal. El siguiente flujo resume las fases nucleares y los órganos competentes.

Figura 1 — Procedimiento sancionador LO 4/2015 (arts. 30-54)
Figura 1 — Procedimiento sancionador LO 4/2015 (arts. 30-54)

Plazos y cifras clave

ConceptoPlazo o cifraArtículo
DNI: obligatorio a partir de14 añosArt. 9.1 LO 4/2015
Tiempo máximo en dependencias por identificación6 horasArt. 16.2 LO 4/2015
Cancelación libro-registro de identificaciones3 añosArt. 16.3 LO 4/2015
Edad mínima de responsabilidad por infracciones LOPSC14 añosArt. 30.2 LO 4/2015
Multa por infracción leve100-600 €Art. 39.1 LO 4/2015
Multa por infracción grave601-30.000 €Art. 39.1 LO 4/2015
Multa por infracción muy grave30.001-600.000 €Art. 39.1 LO 4/2015
Grado mínimo muy grave30.001-220.000 €Art. 39.1 LO 4/2015
Grado medio muy grave220.001-410.000 €Art. 39.1 LO 4/2015
Grado máximo muy grave410.001-600.000 €Art. 39.1 LO 4/2015
Suspensión licencias muy grave (cap. IV)6 meses + 1 día hasta 2 añosArt. 39.2 LO 4/2015
Reincidencia suspensión licencias muy grave2 años + 1 día hasta 6 añosArt. 39.2 LO 4/2015
Reincidencia (agravante)Otra infracción de la misma naturaleza en 2 añosArt. 33.2 LO 4/2015
Prescripción infracción leve / grave / muy grave6 meses / 1 año / 2 añosArt. 38 LO 4/2015 y Art. 56 Ley 5/2014
Prescripción sanción LOPSC (leve/grave/muy grave)1 año / 2 años / 3 añosArt. 40 LO 4/2015
Prescripción sanción Ley 5/2014 (leve/grave/muy grave)1 año / 2 años / 4 añosArt. 68 Ley 5/2014
Reanudación prescripción si expediente paralizadoMás de 1 mes (LOPSC) / 6 meses (Ley 5/2014)Art. 38.3 LO 4/2015 / Art. 56.4 Ley 5/2014
Sanción a personal SP por infracción muy graveMulta 6.001-30.000 € + retirada habilitación 1-2 añosArt. 62 Ley 5/2014
Sanción a personal SP por infracción graveMulta 1.001-6.000 € + suspensión habilitación 6 meses-1 añoArt. 62 Ley 5/2014
Sanción a empresas SP por muy graveMulta 30.001-600.000 € + cierre 1-2 añosArt. 61.1 Ley 5/2014
Memoria anual de detectives privados al MIRAnual (no semestral)Art. 25.1.i Ley 5/2014
Antecedentes: no sancionado en SP por grave / muy grave2 años / 4 añosArt. 28.1.f Ley 5/2014
No separación FCS o FFAA en años previos2 añosArt. 28.1.g Ley 5/2014
No condena por intromisión al honor o intimidad5 añosArt. 28.1.h Ley 5/2014
Plazo para denunciar pasaporte sustraídoTan pronto como sea posible (sin plazo numérico)Arts. 9.2 y 11.4 LO 4/2015

Arts. 9, 11, 16, 28, 30, 33, 38-40 LO 4/2015 + Arts. 25, 28, 56, 61-62, 68 Ley 5/2014

Trampas frecuentes de examen

Patrones de distractor confirmados en convocatorias 2017-2025. Estudia siempre el binomio literal BOE vs paráfrasis examen.

  • Trampa: plazo de identificación de cuatro horas. El examen pone cuatro horas u ocho horas; el art. 16.2 LOPSC dice en ningún caso podrá superar las seis horas. Memorízalo en letra, no en cifra: seis.
  • Trampa: edad del DNI. El examen prueba dieciséis años o dieciocho años; el art. 9.1 LOPSC dice catorce años. Idéntica edad mínima de responsabilidad por infracciones (art. 30.2).
  • Trampa: plazo para denunciar sustracción del DNI. El examen introduce 48 horas o 24 horas; el art. 9.2 LOPSC sólo exige hacerlo tan pronto como sea posible — sin plazo numérico.
  • Trampa: entrada en edificios oficiales sí requiere consentimiento. El examen afirma será preciso el consentimiento de la autoridad o funcionario; el art. 15.3 LOPSC dice expresamente NO será preciso. El consentimiento sí es preciso para domicilios particulares (art. 18 CE).
  • Trampa: controles en vías para sancionar infracciones. El art. 17.2 LOPSC sólo permite controles para la prevención de delitos de especial gravedad o generadores de alarma social. El examen mete como distractor indicios de infracción administrativa — pertenece al art. 16, no al 17.
  • Trampa: ocupación permanente de armas. El art. 18.2 LOPSC permite la ocupación temporal de armas. El examen prueba ocupación permanente o comiso definitivo; ambas son falsas.
  • Trampa: cacheo no puede practicarse contra la voluntad. El art. 20.4 LOPSC dice expresamente que SÍ podrá llevarse a cabo contra la voluntad del afectado, con las medidas de compulsión indispensables. El examen suele afirmar lo contrario: no podrá llevarse a cabo contra la voluntad.
  • Trampa: la entrada en domicilio es medida extraordinaria. El art. 21 LOPSC enumera cuatro medidas tasadas: cierre o desalojo, prohibición del paso, evacuación, depósito de explosivos. El examen introduce la entrada y registro en domicilios como quinta medida — falso (ese supuesto se rige por el art. 15).
  • Trampa: disolución como primera medida. El examen presenta la disolución de manifestaciones como una de las primeras medidas; el art. 23.2 LOPSC dice la disolución constituirá el último recurso.
  • Trampa: disolución sin aviso como regla general. El art. 23.3 LOPSC sólo permite disolver sin previo aviso cuando se produzca alteración con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligrosos. El examen introduce como falso en cualquier caso, cuando no esté autorizada la reunión.
  • Trampa: metales no preciosos quedan fuera del registro documental. El art. 25.1 LOPSC sujeta la compraventa de joyas y metales, ya sean preciosos o no al registro. El examen prueba metales no preciosos están exentos — falso.
  • Trampa: el CNI es órgano competente AGE. El art. 5.2 LOPSC enumera cinco letras (a-e) y el CNI no aparece. El examen incluye como distractor el Centro Nacional de Inteligencia; también suele meter al Rey, Ministra de Defensa o Ministro de Justicia — todos falsos.
  • Trampa: órgano competente para muy graves máximo. El art. 32.1 LOPSC asigna Ministro del Interior a las muy graves en grado máximo. El examen pone al Secretario de Estado de Seguridad en máximo (es medio y mínimo) o al Subdelegado del Gobierno (que no tiene competencia LOPSC).
  • Trampa: drogas en lugar público son muy graves. El art. 36.16 LOPSC tipifica como grave el consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares públicos. El examen introduce infracción muy grave o infracción leve.
  • Trampa: abandono de animales = infracción grave. El art. 37.16 LOPSC tipifica como leve dejar sueltos animales feroces o abandonar domésticos. El examen prueba infracción grave o infracción muy grave.
  • Trampa: prescripción sanción muy grave 4 años (LOPSC). El art. 40 LOPSC fija la sanción muy grave en 3 años. El examen mete cuatro años, que es la cifra de la Ley 5/2014 (art. 68). Confunde a quien estudia ambas leyes en bloque.
  • Trampa: detectives pueden investigar delitos de oficio. El art. 10.2 y 48.1.c Ley 5/2014 prohíben tajantemente investigar delitos perseguibles de oficio; sólo cabe delitos sólo perseguibles a instancia de parte. El examen presenta el distractor los detectives podrán investigar delitos perseguibles de oficio.
  • Trampa: investigación en domicilios. El art. 48.3 Ley 5/2014 prohíbe en ningún caso investigar la vida íntima que transcurra en domicilios u otros lugares reservados. El examen propone se podrá investigar la vida íntima en domicilios u otros lugares reservados.
  • Trampa: memoria semestral de detectives. El art. 25.1.i Ley 5/2014 obliga a presentar memoria anual. El examen pone memoria semestral o memoria trimestral.
  • Trampa: habilitación de detectives = DGGC. El art. 27.3 Ley 5/2014 establece que toda habilitación corresponde a la Dirección General de la Policía, EXCEPTO guardas rurales y especialidades (DGGC). El examen prueba la habilitación de los detectives corresponde a la DGGC; falso.
  • Trampa: especialidades intercambiadas. El art. 26 Ley 5/2014 atribuye explícitamente vigilante de explosivos como especialidad del vigilante de seguridad, y guarda de caza + guardapesca marítimo como especialidades del guarda rural. El examen intercambia: guarda de caza requiere habilitación previa de vigilante, escolta requiere previa habilitación de vigilante; ambas falsas.
  • Trampa: guardas rurales no pueden vigilar instalaciones. El art. 34.1 Ley 5/2014 incluye instalaciones agrícolas, industriales o comerciales que se encuentren en las fincas. El examen afirma no podrán ejercer funciones en instalaciones agrícolas o comerciales — falso.
  • Trampa: jefe de seguridad sin obligación. El art. 35.2 Ley 5/2014 exige jefe de seguridad cuando la empresa desarrolle todas o algunas de las actividades de los párrafos a) a e) del art. 5.1. El examen rellena el distractor con actividades f) (instalación), g) (centrales) o h) (investigación) — falsos.
  • Trampa: pasaporte y patria potestad. El art. 11.3 LOPSC condiciona la obtención al consentimiento expreso de las personas u órgano que tenga encomendado su ejercicio, o, en su defecto, del órgano judicial. El examen reduce la frase a consentimiento expreso del órgano judicial, suprimiendo el orden subsidiario.
  • Trampa: comiso alcanza todos los bienes del infractor. El art. 39.2.b LOPSC limita el comiso a los bienes con los que se haya preparado o ejecutado la infracción; deja a salvo terceros de buena fe. El examen propone comiso de todos los bienes propiedad de quien haya ejecutado la infracción.
  • Trampa: principios omitidos. El art. 30 Ley 5/2014 enumera ocho principios: legalidad, integridad, dignidad, corrección, congruencia, proporcionalidad, reserva profesional y colaboración con FCS. El examen sustituye uno por una palabra parecida: eficacia, jerarquía u obediencia debida — todas falsas (son principios LO 2/1986, no Ley 5/2014).
  • Trampa: protección jurídica del personal SP sin matiz. El art. 31 Ley 5/2014 reconoce la protección como agente de la autoridad sólo cuando el personal actúe en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El examen propone en todo caso o aunque no estén bajo el mando de FCS.

Arts. 5, 9, 11, 15-23, 25, 32, 35-40 LO 4/2015 + Arts. 10, 25, 26-28, 30-37, 48, 50 Ley 5/2014

Reglas mnemotécnicas

  • Cuatro medidas extraordinarias del art. 21 (CIDE): Cierre o desalojo · Inmuebles evacuados · Depósito de explosivos · El paso prohibido. Si la opción no encaja en CIDE, sospecha; la entrada en domicilio (art. 15) no es CIDE.
  • Catorce años, doble llave: 14 abre dos puertas en este tema: edad mínima para llevar DNI (art. 9.1) y edad mínima para ser responsable de infracción LOPSC (art. 30.2). Si en la opción aparece 16 o 18, descártala.
  • «6-1-2 prescriben»: infracciones LOPSC y Ley 5/2014 prescriben 6 meses (leves), 1 año (graves), 2 años (muy graves). Las sanciones, en cambio, suben un escalón: 1-2-3 en LOPSC, 1-2-4 en SP (sólo cambia el techo).
  • «Multas: cero, cero, uno»: los tramos LOPSC arrancan con 0, 0, 1 tras el primer dígito: leves 100-600; graves 601-30.000; muy graves 30.001-600.000. Si una opción rompe la cadena 100/601/30.001, es trampa.
  • DGP vs DGGC: «rural es Civil». Habilita la Dirección General de la Policía a TODOS los profesionales de SP, EXCEPTO los Rurales (rural → guardia Rural → Guardia Civil). La regla aplica también a guardas de caza y guardapescas marítimos (son especialidades del guarda rural).
  • «Las seis del 26»: el art. 26.1 enumera seis profesiones: Vigilantes, Escoltas, Guardas rurales, Jefes, Directores, Detectives → V-E-G-J-D-D. Las especialidades penden de la profesión matriz: vigilante → vigilante de explosivos; guarda rural → guarda de caza + guardapesca marítimo.
  • Sanción competente (escalera AGE): Ministro → SES → Delegado → Subdelegado o Alcalde. En LOPSC: Ministro corona los grados máximos de muy graves; SES los demás muy graves; Delegado se queda con graves y leves. En SP (Ley 5/2014, art. 66): Ministro extingue autorización; SES otras muy graves; DGP graves (regla general); DGGC graves de guardas rurales; Delegado y Subdelegado leves.
  • Drogas en público = «G de Grave» (36.16): el examen ofrece muy grave o leve, pero la única correcta es grave. Asociación: art. 36Grave.

Arts. 9, 21, 26, 30, 32, 36, 38-40 LO 4/2015 + Arts. 26-27, 66 Ley 5/2014

Conexiones entre temas

  • → Tema 4 (Derecho Constitucional): Art. 17 CE (libertad y detención) y art. 18 CE (inviolabilidad de domicilio) son la cobertura constitucional de los arts. 15-21 LOPSC. El art. 104 CE configura las FCS; el art. 149.1.29.ª CE atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre seguridad pública, fundamento de la LOPSC y la Ley 5/2014. Pregunta cruzada típica: ¿qué precepto constitucional ampara el cacheo del art. 20 LOPSC? → art. 17 CE (libertad personal).
  • → Tema 8 (Código Penal): El art. 45 LOPSC consagra la subsidiariedad respecto del orden penal — si los hechos pudieran ser delito, la Administración suspende y traslada al MF. La frontera más confusa: drogas en lugar público (grave, art. 36.16 LOPSC) vs tráfico de drogas (delito, arts. 368 ss. CP). También: faltas de respeto a agente (leve, art. 37.4 LOPSC) vs atentado o resistencia (delito, arts. 550 ss. CP).
  • → Tema 9 (LECrim): La identificación del art. 16 LOPSC (máx. 6 horas) NO es detención — no aplica el art. 520 LECrim. Si la identificación deriva en detención, el plazo cambia: máx. 72 horas (art. 17 CE, art. 520 LECrim). Examen recurrente: distinguir «diligencia de identificación» (LOPSC) de «detención preventiva» (LECrim).
  • → Tema 10 (Derecho Administrativo): Las Leyes 39/2015 y 40/2015 son supletorias de los procedimientos sancionadores de la LOPSC (art. 44) y de la Ley 5/2014 (art. 69). El art. 24 Ley 39/2015 (silencio administrativo) y los arts. 47-48 (nulidad y anulabilidad) se aplican a las resoluciones sancionadoras. Recursos: arts. 112-114 Ley 39/2015.
  • → Tema 11 (LOPDGDD): El uso de videocámaras (art. 22 LOPSC) y los servicios de videovigilancia (art. 42 Ley 5/2014) están sujetos a la normativa de protección de datos. El detective privado tiene un deber de reserva reforzado (art. 50 Ley 5/2014) compatible con el régimen de bases jurídicas del tratamiento (RGPD art. 6).
  • → Tema 12 (Extranjería): El art. 13 LOPSC remite a la LO 4/2000 para la identificación de extranjeros. Los CIE (Centros de Internamiento de Extranjeros) son uno de los supuestos de servicios con armas del art. 40 Ley 5/2014.
  • → Tema 15 (FCSE y Guardia Civil): El art. 4 LOPSC y el art. 5 LO 2/1986 (principios básicos de actuación de FCS) se invocan recíprocamente. La LO 2/1986 art. 11 fija las funciones de las FCSE; el art. 12 distribuye competencias materiales entre CNP y GC. Examen cruzado: el régimen de armas y explosivos (art. 28 LOPSC) es competencia material de la Guardia Civil (LO 2/1986 art. 12.1.B.e).
  • → Tema 20 (Menores): El art. 30.2 LOPSC exime a los menores de 14 años (la edad coincide con la frontera de la LO 5/2000 — los 14-17 años son responsables conforme a la Ley del Menor; los menores de 14 quedan fuera tanto del CP como de la LOPSC).
  • → Tema 22 (Reglamento de Armas): El art. 28 LOPSC remite al RD 137/1993 para el control administrativo de armas, explosivos, cartuchería y pirotécnicos. Las sanciones accesorias del art. 39.2.a LOPSC (retirada de armas, suspensión de licencias) operan sobre el régimen del Reglamento de Armas.

LO 4/2015 (cross-refs) + Ley 5/2014 (cross-refs)

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el resumen del tema 13 de Guardia Civil?

Esta página recoge plazos y cifras clave, trampas frecuentes de examen, reglas mnemotécnicas y conexiones entre temas de LO 4/2015 + Ley 5/2014. La visión general, el esquema completo y las tablas comparativas están en la página del tema 13 del temario. El PDF reúne las dos partes.

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¿El resumen del tema 13 está actualizado?

Sí. El texto se verificó contra el BOE el 11/06/2026. Un comprobador automático revisa a diario si alguna ley del temario ha cambiado, y cuando cambia regeneramos el tema entero.

¿Qué son las trampas de examen?

Errores que los exámenes oficiales usan una y otra vez: un plazo cambiado, un «podrá» donde la ley dice «deberá», una mayoría simple donde la ley exige absoluta. En el resumen del tema 13 aparecen con la formulación falsa y, al lado, lo que dice de verdad LO 4/2015 + Ley 5/2014.