Resumen del Tema 8 de Guardia Civil: Derecho Penal

LO 10/1995 Código Penal

Texto verificado contra el BOE el 11/06/2026

Cubre el grueso del Derecho penal sustantivo: concepto de delito, dolo y culpa, penas, atenuantes y agravantes, y delitos contra personas y patrimonio.

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Diagrama: iter criminis (arts. 15-18 CP)

El iter criminis describe las fases por las que avanza la decisión delictiva hasta su consumación. La conspiración, proposición, provocación y apología sólo se castigan en los casos especialmente previstos en la Ley (arts. 17.3 y 18.2); la tentativa, en cambio, es punible con carácter general (art. 15). El desistimiento voluntario exime de pena por el delito intentado (art. 16.2) — pero subsiste la responsabilidad por los actos ejecutados si ya fueran constitutivos de otro delito.

Figura 1 — Iter criminis: actos preparatorios punibles, tentativa, desistimiento y consumación (arts. 15-18 CP)
Figura 1 — Iter criminis: actos preparatorios punibles, tentativa, desistimiento y consumación (arts. 15-18 CP)

Plazos y cifras clave

ConceptoPlazo / CifraArtículo
Edad mínima de responsabilidad penal (CP de adultos)18 años19 CP
Tentativa: penaInferior en uno o dos grados a la del consumado16 + 62
Error vencible sobre la ilicitudPena inferior en uno o dos grados14.3
Prisión: duración mínima3 meses36.2
Prisión: duración máxima ordinaria20 años36.2
Localización permanente: máximoHasta 6 meses37.1
Trabajos en beneficio de la comunidad1 día a 1 año (≤ 8 h/día)40.4 + 49
Multa: duración10 días a 2 años (PJ: 5 años máx.)50.3
Multa: cuota diaria2-400 € (PJ: 30-5.000 €)50.4
RPS por impago de multa1 día de privación por 2 cuotas diarias impagadas53.1
Inhabilitación absoluta: duración6 a 20 años40.1
Prescripción del delito — pena > 15 años prisión20 años131.1
Prescripción del delito — inhab. > 10 años o prisión 10-1515 años131.1
Prescripción del delito — pena 5-10 años10 años131.1
Prescripción — resto de delitos5 años131.1
Prescripción — delitos leves, injurias y calumnias1 año131.1
Prescripción — lesa humanidad, genocidio, terrorismo con muerteImprescriptibles131.3
Prescripción de la pena — prisión > 20 años30 años133.1
Prescripción de la pena — prisión 15-2025 años133.1
Prescripción de la pena — prisión > 10 y < 1520 años133.1
Prescripción de la pena — prisión 5-1015 años133.1
Prescripción de la pena — restantes graves10 años133.1
Prescripción de la pena — menos graves5 años133.1
Prescripción de la pena — leves1 año133.1
Prescripción de medidas de seguridad > 3 años10 años135
Prescripción de medidas de seguridad ≤ 3 años o no privativas5 años135
Cancelación de antecedentes — penas leves6 meses136.1.a
Cancelación — penas ≤ 12 meses o imprudentes2 años136.1.b
Cancelación — menos graves < 3 años3 años136.1.c
Cancelación — menos graves ≥ 3 años5 años136.1.d
Cancelación — penas graves10 años136.1.e
Cancelación — PJ disolución o prohibición definitiva50 años136.3
Homicidio dolosoPrisión 10-15 años138.1
AsesinatoPrisión 15-25 años139.1
Asesinato con PPR — víctima vulnerableVíctima menor de 16 años o especialmente vulnerable140.1.1ª
Detención ilegal por particular4-6 años163.1
Detención ilegal: atenuación por liberaciónDentro de los 3 primeros días → pena inferior en grado163.2
Detención ilegal > 15 días5-8 años163.3
Aprehensión irregular para presentar a la autoridadMulta 3-6 meses163.4
Hurto: umbral leve / grave400 €234
Hurto agravado: cosas histórico-artísticas1-3 años235.1.1.º
Robo con violencia en casa habitada3 años y 6 meses a 5 años242.2
Tráfico de drogas — grave daño a la salud3-6 años + multa tanto al triplo368
Tráfico de drogas — resto de sustancias1-3 años + multa tanto al duplo368
Tráfico de drogas en organización delictiva9-12 años (grave daño) / 4 años y 6 meses a 10 años369 bis
Conducción bajo influencia — tasa de alcoholemia> 0,60 mg/l aire o > 1,2 g/l sangre379.2
Velocidad excesiva (delito)+60 km/h vía urbana o +80 km/h interurbana379.1
Cohecho — excusa absolutoria del particular ocasionalDenuncia y no más de 2 meses desde los hechos426
Lesa humanidad, genocidio — penaHasta PPR (muerte de la víctima); 15-20 años (lesiones graves)607

Arts. 14-50, 131-136, 138-140, 163, 234-242, 368, 379, 426, 607 CP

Trampas frecuentes de examen

Cada trampa está extraída de los distractores reales de convocatorias GC 2017-2025. Memorizar la versión literal del BOE bloquea la mayoría.

  • Trampa: confusión entre conspiración, proposición, provocación e inducción. El examen ofrece las cuatro como opciones. Recuerda: dos o más personas se conciertan = conspiración (17.1); el que ha resuelto cometer un delito invita = proposición (17.2); incitación pública por medios de difusión = provocación (18.1); si a la provocación sigue la comisión, se castiga como inducción (28.a). Inducción NO es figura preparatoria — es autoría.
  • Trampa: «miedo insuperable» como requisito de la legítima defensa. Los 3 requisitos del 20.4.º son Agresión ilegítima, Necesidad racional del medio empleado y Falta de provocación suficiente. El miedo insuperable es eximente independiente (20.6.º) — el examen lo cuela como «cuarto requisito» falso.
  • Trampa: apología con «incitación directa o indirecta». El art. 18.1 párr. 2 sólo admite incitación directa. Las opciones que incluyen directa o indirecta son falsas. La apología sólo es delictiva como forma de provocación y si constituye incitación directa.
  • Trampa: «muy graves» en la clasificación de penas. El art. 33.1 sólo conoce graves, menos graves y leves. Cualquier opción que mencione muy graves es incorrecta. La triple clasificación es idéntica para penas (33.1) y delitos (13.1).
  • Trampa: prisión de cinco años exactos = grave. Falso. El art. 33.2.b exige prisión superior a cinco años para ser grave. 5 años exactos → menos grave (33.3.a). En cambio, la privación de la patria potestad (33.2.k) es siempre grave por su sola naturaleza, sin atender a duración.
  • Trampa: prisión preventiva como pena privativa de libertad. El art. 35 enumera cuatro: la prisión permanente revisable, la prisión, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa. La prisión preventiva es medida cautelar de la LECrim — NO entra en el catálogo del 35.
  • Trampa: «premeditación» en el asesinato. Las 4 circunstancias del asesinato (139.1) son Con alevosía, Por precio, recompensa o promesa, Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido y Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra. La premeditación era circunstancia del CP de 1973 — está derogada. También fallan las opciones que añaden auxilio de otras personas que faciliten la impunidad (es agravante genérica del 22.2, no circunstancia del asesinato).
  • Trampa: víctima menor de 18 años en el PPR del asesinato. El art. 140.1.1ª exige víctima menor de dieciséis años de edad o persona especialmente vulnerable. Las opciones con menor de 18 años son falsas.
  • Trampa: «cinco años» para delitos leves en la prescripción. Falso. Los delitos leves y los de injurias y calumnias, que prescriben al año prescriben al año (131.1 último inciso). Cinco años son los demás delitos no encuadrados en los tramos superiores. Las opciones que dicen 5 años los delitos leves son la trampa clásica del art. 131.
  • Trampa: «un grado» en el error vencible sobre la ilicitud. El art. 14.3 dispone uno o dos grados. Las opciones con un grado a secas son falsas.
  • Trampa: agravante 22.7ª — «público o privado». El art. 22.7ª agrava Prevalerse del carácter público que tenga el culpable — sólo el público. La opción público o privado añade contenido que el precepto no recoge.
  • Trampa: Policía Judicial como autoridad penal (art. 24). El art. 24.1 enumera taxativamente: Diputados, Senadores, asambleístas autonómicos y eurodiputados; funcionarios del Ministerio Fiscal y Fiscales de la Fiscalía Europea. La Policía Judicial NO figura entre quienes «en todo caso» tienen consideración de autoridad por este precepto.
  • Trampa: «primera semana» o «primer mes» en la detención ilegal. El art. 163.2 atenúa la pena cuando se libera al detenido dentro de los tres primeros días. Una semana, cinco días o un mes son distractores; tres días es el plazo literal.
  • Trampa: pornografía infantil con conducta «sexualmente implícita». El art. 189.1 exige conducta sexualmente explícita para que el material sea pornografía infantil. La opción que sustituye «explícita» por implícita es falsa.
  • Trampa: dádiva o «resarcimiento de gastos» en tráfico de órganos. El art. 156 bis.1.a) excluye expresamente del concepto de dádiva el resarcimiento de los gastos o pérdida de ingresos derivados de la donación. Recibir resarcimiento de gastos NO hace ilícita la extracción.
  • Trampa: «disolver un Ayuntamiento» como fin de rebelión. El art. 472.4º enumera Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma. La opción disolver un Ayuntamiento es trampa — los entes locales NO figuran entre los disueltos como fin de rebelión.
  • Trampa: cohecho — «más de un mes» o «más de tres meses». La excusa absolutoria del 426 exige que no haya transcurrido más de dos meses. Más de un mes, tres meses o seis meses son distractores.
  • Trampa: grave adicción al alcohol como eximente. El 21.2ª (atenuante) recoge la grave adicción a las sustancias del 20.2.º (alcohol incluido). El examen ofrece eximente — falso; sólo la intoxicación plena del 20.2.º (o el síndrome de abstinencia) exime.
  • Trampa: «10 años» de prescripción para penas leves. El art. 133.1 da 1 año a las penas leves; 10 años son las restantes penas graves no encuadradas en los tramos superiores. El examen invierte ambas escalas. La cancelación de antecedentes (136.1) sí prevé Diez años para las penas graves.

Arts. 14, 17-22, 24, 33, 35, 131-136, 139-140, 156 bis, 163, 189, 426, 472 CP

Reglas mnemotécnicas

  • Eximentes del art. 20 — siete numerales en orden: «A-I-A · D-N · M-C». Anomalía/alteración psíquica · Intoxicación o abstinencia · Alteraciones de la percepción · Defensa (legítima) · Necesidad (estado de) · Miedo insuperable · Cumplimiento del deber/ejercicio legítimo. El grupo A-I-A son los tres «psíquicos» (admiten medida de seguridad); el grupo D-N-M-C son los «de actuación» (sin medida).
  • Las 4 circunstancias del asesinato (art. 139.1) — «A-P-E-F». Alevosía · Precio, recompensa o promesa · Ensañamiento · Facilitar/encubrir otro delito. Si recuerdas APEF, descartas la Premeditación del CP 1973 — no está.
  • Penas privativas de libertad (art. 35) — «PPR-P-LP-RPS». Prisión Permanente Revisable · Prisión · Localización Permanente · Responsabilidad Personal Subsidiaria. Sólo cuatro — la prisión preventiva NO está dentro.
  • Clasificación tripartita (art. 33.1) — «5 es la frontera». Prisión ≤ 5 años → menos grave (33.3.a, «de tres meses hasta cinco años»). Prisión superior a 5 años → grave (33.2.b). Los 5 años exactos son siempre menos grave.
  • Cancelación de antecedentes (art. 136.1) — «6m-2-3-5-10». Seis meses (leves) · Dos años (≤ 12 m o imprudentes) · Tres años (menos graves < 3a) · Cinco años (menos graves ≥ 3a) · Diez años (graves). Para PJ disueltas o prohibidas definitivamente: 50 años.
  • Prescripción del delito (art. 131.1) — «20-15-10-5-1». 20 años (pena ≥ 15 prisión) · 15 años (inhab > 10 o prisión 10-15) · 10 años (prisión 5-10) · 5 años (resto) · 1 año (leves, injurias, calumnias). Los imprescriptibles: lesa humanidad, genocidio, conflicto armado (salvo art. 614), terrorismo con muerte.
  • Detención ilegal (art. 163) — «4-6, 3 días, 15 días». Base 4-6 años; libera en 3 primeros días → inferior en grado; supera 15 días → 5-8 años.
  • Robo: dos elementos diferenciadores (art. 237). La fuerza es en las cosas (escalamiento, fractura, llave falsa…); la violencia o intimidación es en las personas. Confundirlos cambia el tipo penal y la pena.

Arts. 20, 33, 35, 131, 136, 139, 163, 237 CP

Conexiones entre temas

  • → Tema 4 (Constitución): el principio de legalidad penal del art. 1 CP arranca del art. 25.1 CE; el ne bis in idem y la retroactividad favorable (art. 2 CP) tienen su anclaje constitucional en el 25.1 CE; los derechos del detenido que protegen las detenciones ilegales (art. 163 CP) emanan del art. 17 CE; la inviolabilidad del domicilio (art. 534 CP) del art. 18.2 CE; el secreto de las comunicaciones (art. 535 CP) del art. 18.3 CE.
  • → Tema 9 (Procesal Penal): el cuerpo de delito y la fase de investigación tienen su base sustantiva aquí. La detención policial de la LECrim (arts. 489-501) se complementa con las detenciones ilegales del particular o del funcionario (arts. 163 y 167 CP) — quien detiene fuera de los supuestos legales o más allá del plazo comete delito. La denuncia y querella (arts. 259-281 LECrim) se conectan con los delitos de denuncia falsa (arts. 456-457 CP).
  • → Tema 11 (LOPDGDD): la revelación de secretos por funcionario público (art. 417 CP) y la violación de secretos en general (arts. 197-201 CP) operan como tipos penales paralelos a las infracciones administrativas graves y muy graves de protección de datos (arts. 73-74 LOPDGDD); las sanciones administrativas y penales no son incompatibles cuando el bien jurídico es distinto.
  • → Tema 12 (LO 4/2000 Extranjería): la expulsión judicial sustitutiva de la pena (art. 89 CP) y la medida de seguridad de expulsión (art. 108 CP) son tipos paralelos a la expulsión administrativa de la LO 4/2000; la trata de seres humanos (art. 177 bis CP) suele superponerse a las redes de inmigración irregular y al favorecimiento de inmigración ilegal (art. 318 bis CP).
  • → Tema 13 (LO 4/2015 Seguridad Ciudadana): existe una línea de gradación entre infracción administrativa y delito en materias como tenencia ilícita de armas (35.7 LO 4/2015 frente a arts. 563-570 CP), consumo o tenencia de drogas (36.16 LO 4/2015 frente al art. 368 CP) y desórdenes públicos (37.4 LO 4/2015 frente a los arts. 557-561 CP). Misma conducta, distinto cauce — depende de la cuantía, la peligrosidad y la concurrencia de violencia.
  • → Tema 20 (LO 5/2000 Menores): el art. 19 CP excluye a los menores de 18 años del CP; la responsabilidad penal del menor entre 14 y 17 años se rige por la LO 5/2000 (medidas, no penas; competencia del Juez de Menores). El art. 69 CP prevé además que a mayores de 18 y menores de 21 puedan aplicárseles las disposiciones de la LO 5/2000 cuando ésta así lo disponga.
  • → Tema 21 (LO 1/2004 Violencia de Género): los tipos penales de violencia habitual (art. 173.2 CP) y de violencia ocasional (art. 153 CP) son los tipos sustantivos de aplicación habitual en el ámbito de la LO 1/2004; las medidas de protección incluyen las prohibiciones del art. 48 CP impuestas como pena o medida cautelar (orden de alejamiento y prohibición de comunicación); el Juzgado de Violencia sobre la Mujer asume la instrucción de estos delitos cuando concurre el contexto de pareja o ex-pareja.
  • → Tema 19 (Deontología — RD 176/2022 + Principios ONU): el principio de uso proporcional de la fuerza (arts. 5.2 LO 2/1986; RD 176/2022; arts. 4-9 Principios ONU) es la traducción operativa de la eximente del art. 20.7.º CP («cumplimiento del deber»). La actuación del guardia civil que emplea fuerza más allá de la necesidad racional puede caer en la eximente incompleta (21.1.ª) o, si excede gravemente, en delito de lesiones (147 ss.) o de tortura / tratos degradantes (174-175 CP).
  • → Tema 23 (Contrabando): la línea entre la infracción administrativa de contrabando (LO 12/1995) y el delito se traza por la cuantía: por debajo del umbral (50.000 € regla general, distinto para tabaco y drogas) → infracción; por encima → delito de contrabando con régimen propio. El delito de tráfico de drogas (art. 368 CP) coexiste con el delito de contrabando cuando hay introducción ilícita en territorio aduanero.

Arts. 1, 17-22, 48, 89, 108, 153-156, 163, 167, 173, 197, 318 bis, 368, 417, 534-535, 563-570 CP

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el resumen del tema 8 de Guardia Civil?

Esta página recoge plazos y cifras clave, trampas frecuentes de examen, reglas mnemotécnicas y conexiones entre temas de LO 10/1995 Código Penal. La visión general, el esquema completo y las tablas comparativas están en la página del tema 8 del temario. El PDF reúne las dos partes.

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Sí. El texto se verificó contra el BOE el 11/06/2026. Un comprobador automático revisa a diario si alguna ley del temario ha cambiado, y cuando cambia regeneramos el tema entero.

¿Qué son las trampas de examen?

Errores que los exámenes oficiales usan una y otra vez: un plazo cambiado, un «podrá» donde la ley dice «deberá», una mayoría simple donde la ley exige absoluta. En el resumen del tema 8 aparecen con la formulación falsa y, al lado, lo que dice de verdad LO 10/1995 Código Penal.