Resumen del Tema 19 de Guardia Civil: Deontología Profesional

RD 176/2022 + Principios ONU 1990 + Orden PJC/849/2024

Texto verificado contra el BOE el 11/06/2026

Cubre la deontología profesional: Código de Conducta de la Guardia Civil (valores, principios, Decálogo) y los Principios ONU sobre uso de armas de fuego.

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Diagrama: escalada gradual en el empleo de la fuerza

El empleo de la fuerza por el personal de la Guardia Civil sigue una escalada gradual regulada conjuntamente por el art. 43 RD 176/2022 y los Principios 4-9 ONU (La Habana, 1990). El criterio decisivo en cada eslabón es la existencia (o no) de un modo menos lesivo y, en su caso, de un riesgo racionalmente grave para la vida o la integridad.

Figura 1 — Escalada en el uso de la fuerza (art. 43 RD 176/2022 + Principios 4, 6 y 9 ONU)
Figura 1 — Escalada en el uso de la fuerza (art. 43 RD 176/2022 + Principios 4, 6 y 9 ONU)

Plazos y cifras clave

ConceptoPlazo / CifraNorma
Entrada en vigor RD 176/202220 días desde publicación BOEDF 3.ª RD 176/2022
Entrada en vigor Orden PJC/849/2024Día siguiente a la publicación BOEDF 5.ª Orden PJC/849/2024
Aprobación RD 176/20224 de marzo de 2022RD 176/2022 (Consejo de Ministros)
Creación de la Guardia CivilRD de 28 de marzo de 1844 (reinado de Isabel II)Preámbulo RD 176/2022
Reorganización de la Guardia CivilRD de 13 de mayo de 1844Preámbulo RD 176/2022
Cartilla del Guardia Civil (Duque de Ahumada)Real Orden de 20 de diciembre de 1845Preámbulo RD 176/2022
Resolución 34/169 AG ONU (Código funcionarios encargados de hacer cumplir la ley)17 de diciembre de 1979Preámbulo RD 176/2022
Resolución 690 Asamblea Parlamentaria Consejo de Europa (Declaración sobre la Policía)1979Preámbulo RD 176/2022
Acuerdo del Consejo de Ministros (principios FCSE)4 de septiembre de 1981 (Orden de 30 de septiembre de 1981)Preámbulo RD 176/2022
Principios Básicos ONU sobre Empleo de la Fuerza (La Habana)27 ago - 7 sept 1990 (Octavo Congreso ONU sobre Prevención del Delito)Principios ONU 1990
Código Europeo de Ética de la Policía19 de septiembre de 2001 (Comité de Ministros Consejo de Europa)Preámbulo RD 176/2022
Reales Ordenanzas para las FFAARD 96/2009, de 6 de febreroDA única RD 176/2022
Valores fundamentales del Código9 (arts. 1-9 Código)Cap. I Tít. I Anexo RD 176/2022
Principios institucionales14 (arts. 10-23 Código)Cap. II Tít. I Anexo RD 176/2022
Normas generales de comportamiento9 (arts. 24-32 Código)Cap. I Tít. II Anexo RD 176/2022
Normas durante la prestación del servicio18 (arts. 33-50 Código)Cap. II Tít. II Anexo RD 176/2022
Decálogo10 puntos numeradosAnexo RD 176/2022
Principios Básicos ONU26 numerados (numeración consecutiva 1-26)Principios ONU 1990
Vocales permanentes del COMGECET9 (Observatorio + DAO + Personal + Apoyo + Gabinete + Policía Judicial + Información + Asesoría Jurídica + Asuntos Internos)Art. 7.2.b Orden PJC/849/2024
Empleo mínimo Presidencia COMGECETCoronel (escala de oficiales)Art. 7.2.a Orden PJC/849/2024
Frecuencia reunión en pleno COMGECETSemestralArt. 7.3.a Orden PJC/849/2024
Adopción de acuerdos COMGECETConsenso de miembros permanentes (no mayoría)Art. 7.3.d Orden PJC/849/2024
Capítulos RROO FFAA solo aplicables en cuatro supuestosCap. I, II, III y V del Tít. IV (conflicto bélico, estado de sitio, misiones militares, integración en unidades militares)DA única RD 176/2022
Título competencial RD 176/2022Art. 149.1.4.ª y 29.ª CE (defensa y seguridad pública)DF 1.ª RD 176/2022
Subvenciones a asociaciones profesionalesReguladas por la Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembreArt. 5.2 Orden PJC/849/2024

RD 176/2022 (preámbulo + disposiciones), Orden PJC/849/2024 arts. 5-7, Principios ONU 1990

Trampas frecuentes de examen

  • Trampa: confundir valor con principio institucional. Los nueve valores fundamentales están en los arts. 1-9 (honor, integridad, lealtad, valor, sentido de la justicia, imparcialidad/neutralidad, responsabilidad, dignidad, espíritu de sacrificio). Los principios institucionales están en los arts. 10-23. La neutralidad ideológica y política es principio (art. 13), NO valor. Esta confusión apareció en la convocatoria 2023-2A.
  • Trampa: «principal divisa» sustituida por sinónimos. El art. 1 y el Decálogo Primero usan textualmente principal divisa. El examen sustituye por principal virtud, principal cualidad o principal seña. Memorizar la palabra exacta.
  • Trampa: invertir expresión colectiva ↔ manifestación individual de la disciplina. Art. 15: la expresión colectiva es el acatamiento de la Constitución; la manifestación individual es el cumplimiento de las órdenes recibidas. El distractor invierte: expresión colectiva = órdenes, manifestación individual = Constitución.
  • Trampa: omitir «manifiestamente» en la orden ilícita. Art. 16.2 obliga a no obedecer órdenes que manifiestamente constituyan delito. El distractor elimina «manifiestamente» (cualquier orden dudosa), convirtiendo la excepción en regla general. No basta con sospecha — la orden debe ser claramente delictiva.
  • Trampa: «primeras armas» como armas físicas. Art. 43.1: persuasión y la fuerza moral serán sus primeras armas. El distractor reescribe el orden y propone armas reglamentarias como primer recurso, o defensas reglamentarias antes que persuasión.
  • Trampa: sustituir «congruencia, oportunidad y proporcionalidad» por otra tríada. Tanto el art. 25 como el art. 43.1 usan estos tres principios. El distractor sustituye por necesidad, legalidad y proporcionalidad o eficacia, oportunidad y necesidad. La tríada literal es la misma del art. 5.2 LO 2/1986.
  • Trampa: omitir «racionalmente» en el riesgo grave. Art. 43.2 exige riesgo racionalmente grave. El distractor presenta riesgo grave sin el adverbio, lo que rebajaría el umbral subjetivamente (miedo irracional bastaría). El adverbio excluye la mera sospecha.
  • Trampa: armas de fuego para proteger bienes. Principio 9 ONU enumera cuatro supuestos tasados (a-d) que siempre giran sobre la vida o lesiones graves. El distractor añade proteger bienes públicos, mantener el orden público o detener al fugitivo de un delito patrimonial. Las armas de fuego solo protegen vidas, no bienes.
  • Trampa: omitir «se encuentren o no de servicio». Art. 21 (espíritu benemérito) y Decálogo Séptimo. El distractor limita el auxilio a durante el horario de servicio o en el ejercicio de funciones. La obligación es permanente.
  • Trampa: confundir deber de reserva con deber de secreto. Art. 27.1 establece dos deberes acumulativos: deberes de reserva y secreto. La reserva es sigilo o discreción sobre todo lo conocido; el secreto protege información cuya revelación dañaría la labor policial o la seguridad del Estado. El distractor los presenta como un solo deber unificado o invierte sus definiciones.
  • Trampa: entrada en vigor 20 días vs día siguiente. RD 176/2022 entró en vigor a los veinte días de publicación (DF 3.ª); la Orden PJC/849/2024 al día siguiente (DF 5.ª). El distractor intercambia los plazos. La regla del art. 2.1 CC (20 días, salvo otra cosa) no rige automáticamente para las órdenes ministeriales.
  • Trampa: ámbito personal extendido a civiles o CNP. Art. 3 RD: solo personal GC + alumnado de centros docentes para acceso directo. El distractor incluye funcionarios civiles de apoyo, personal del CNP en operaciones conjuntas o personal en situación de reserva.
  • Trampa: COMGECET — mayoría simple en lugar de consenso. Art. 7.3.d Orden PJC/849/2024: los acuerdos se adoptan por consenso de los miembros permanentes. El distractor propone mayoría simple o mayoría absoluta de vocales. El consenso exige ausencia de oposición; un solo voto en contra impide la adopción.
  • Trampa: confundir Cartilla (1845) con creación GC (1844). La GC se crea por RD de 28 de marzo de 1844, se reorganiza por RD de 13 de mayo de 1844, y la Cartilla del Guardia Civil se aprueba por Real Orden de 20 de diciembre de 1845. Tres fechas distintas. El distractor intercambia entre 1845 para la creación o 1844 para la Cartilla.
  • Trampa: atribuir al Observatorio funciones del COMGECET. El Observatorio centraliza seguimiento, impulso y evaluación (art. 8.1). El distractor le atribuye instruir expedientes disciplinarios o resolver quejas ciudadanas. La instrucción de expedientes sigue siendo competencia del régimen disciplinario (LO 12/2007), no del SINTEGC.
  • Trampa: SINTEGC como régimen sancionador. El SINTEGC es un sistema de prevención ética, no un régimen disciplinario alternativo. El régimen sancionador del personal GC sigue siendo la LO 12/2007. El distractor lo presenta como régimen sancionador específico distinto del general (el art. 6 Orden PJC/849/2024 lo desmiente).
  • Trampa: notificación a parientes solo en caso de muerte. Principio 5.d ONU: notificar a los parientes o amigos íntimos de las personas heridas o afectadas. El distractor limita la obligación a solo casos de muerte. Aplica también a heridos.
  • Trampa: plazo formal en notificación al mando. Principio 6 ONU exige comunicar lo antes posible / inmediatamente. El distractor introduce plazos formales como en el plazo de 48 horas, en 72 horas o en 8 horas. No hay plazo administrativo — la inmediatez es el criterio.
  • Trampa: circunstancias excepcionales justifican incumplir Principios ONU. Principio 8 ONU: las circunstancias excepcionales NO se podrán invocar como justificación. El distractor permite suspensión temporal en estados de excepción o ponderación en situaciones de emergencia. La prohibición es absoluta, inderogable, incluso en estado de sitio.
  • Trampa: capítulos RROO siempre aplicables. DA única RD 176/2022: los capítulos I, II, III y V del Título IV de las RROO FFAA solo aplican en cuatro supuestos tasados (conflicto bélico, estado de sitio, misiones militares, integración en unidades militares). El distractor afirma que aplican en todo momento o durante la totalidad del servicio.
  • Trampa: integridad confundida con lealtad. Art. 2 (integridad): rectitud y honradez, anticorrupción. Art. 3 (lealtad): fidelidad, respeto y sinceridad hacia los demás del Cuerpo. El distractor describe la lealtad bajo el nombre de integridad o viceversa. Anclaje: integridad = anticorrupción; lealtad = compañerismo institucional.

Distractores extraídos de tema-19.json (47 preguntas) + convocatorias 2023-1A, 2023-2A, 2024-1A, 2024-2A, 2024-3A, 2025-A

Reglas mnemotécnicas

  • Los 9 valores fundamentales — «HIL-V-SIR-DE»: Honor (art. 1), Integridad (art. 2), Lealtad (art. 3), Valor (art. 4), Sentido de la justicia (art. 5), Imparcialidad y neutralidad (art. 6), Responsabilidad (art. 7), Dignidad (art. 8), Espíritu de sacrificio (art. 9). Si en una pregunta aparece solidaridad, disciplina o cooperación como «valor fundamental», es trampa: son principios institucionales.
  • Cronología de fuentes deontológicas — «44-45 / 79-81-90-01»: 1844 creación de la GC (RD 28 marzo + RD 13 mayo), 1845 Cartilla del Guardia Civil (Real Orden 20 diciembre, Duque de Ahumada); 1979 Resolución 34/169 AG ONU + Resolución 690 Consejo de Europa; 1981 Acuerdo Consejo de Ministros principios FCSE; 1990 Principios Básicos ONU La Habana; 2001 Código Europeo de Ética de la Policía. Cada año, una fuente distinta.
  • Empleo de la fuerza — escalada en tres tramos: «PER-GRA-FUE»: PERsuasión y fuerza moral → GRAdual conforme a congruencia, oportunidad y proporcionalidad → armas de FUEgo solo si riesgo racionalmente grave (art. 43.1-2). Misma escalada en los Principios 4 (medios no violentos) → 5 (moderación, proporción) → 9 (armas) ONU.
  • Decálogo, valor y número en sintonía: el Decálogo abre con honor (Primero = art. 1 valor honor) y cierra con serenidad y empleo de la fuerza (Décimo). El punto Quinto del Decálogo es integridad, que coincide con el valor del art. 2 — útil cuando el examen pide identificar el valor a partir de la frase «satisfacción del deber cumplido será mi mayor recompensa».
  • COMGECET — «9 vocales = 1 Observatorio + 2 Mandos + 1 Gabinete + 4 Jefaturas + 1 Asuntos Internos»: el Observatorio aporta uno (i); los Mandos de Personal (iii) y Apoyo (iv); el Gabinete Técnico (v); las Jefaturas operativas Policía Judicial (vi), Información (vii), Asesoría Jurídica (viii) y la DAO/Estado Mayor (ii); más Asuntos Internos (ix). La Jefatura de Enseñanza NO está — la formación se canaliza por el art. 4, no por el COMGECET.
  • Entrada en vigor por norma — regla del rango: RD 176/2022 (norma con rango reglamentario más alto, mayor calado) → 20 días, plazo «estándar» del art. 2.1 CC. Orden PJC/849/2024 (norma de implementación, menor calado) → día siguiente. Mnemónico: más rango, más vacatio.

Arts. 1-9 Código (valores), preámbulo RD 176/2022 (cronología), arts. 43 + Principios 4-9 ONU (escalada), Decálogo, art. 7.2 Orden PJC/849/2024

Conexiones entre temas

  • → Tema 15 (FCSE / FFAA / GC): el art. 5 LO 2/1986 (principios básicos de actuación de las FCS) es la fuente directa del art. 43 Código GC y del Principio 9 ONU sobre uso racional de la fuerza. El art. 6 Ley 29/2014 remite al art. 5 LO 2/1986 y al Título III LO 11/2007; el art. 7.1 Ley 29/2014 define las reglas esenciales de comportamiento que conforman las normas básicas del Código de Conducta. El art. 7.2 Ley 29/2014 es la habilitación reglamentaria que da origen al RD 176/2022.
  • → Tema 4 (Constitución Española): art. 104 CE (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad), art. 126 CE (Policía Judicial — conecta con art. 35 Código), art. 17 CE (derecho a la libertad, derechos del detenido — conecta con art. 45 Código), art. 14 CE (igualdad — conecta con art. 12 Código, que amplía las causas de no discriminación). Título competencial del RD 176/2022: art. 149.1.4.ª y 29.ª CE.
  • → Tema 8 (Código Penal): art. 20.7 CP (eximente de obediencia debida — su límite es el art. 16.2 Código y el Principio 26 ONU); art. 410 CP (delito de desobediencia — la obligación de no obedecer órdenes manifiestamente delictivas no genera este delito); art. 20.4 CP (legítima defensa — conecta con el supuesto a) del Principio 9 ONU); arts. 174-177 CP (torturas — vinculadas al art. 45 Código y al art. 3 CEDH).
  • → Tema 9 (LECrim + Estatuto de la Víctima): art. 520 LECrim (derechos del detenido — conecta con art. 45 Código sobre forma de la detención y trato a personas bajo custodia); Ley 4/2015 Estatuto de la Víctima del Delito — conecta con el art. 44 Código (trato a víctimas, testigos y colectivos vulnerables, incluida interpretación o traducción).
  • → Tema 11 (LOPDGDD): el art. 27 Código (deberes de reserva y secreto + protección de la imagen de la ciudadanía + prudencia en el uso privado de TIC) se imbrica con la LO 3/2018 y el RGPD. Las redes sociales personales del personal GC están sujetas a este doble régimen: deontológico (art. 27.3) + protección de datos.
  • → Tema 2 (LO 3/2007 de Igualdad) y Tema 21 (LO 1/2004 de VG): el art. 30 Código (igualdad, diversidad, conciliación) cumple la LO 3/2007; el art. 44.2 Código (especial sensibilidad a víctimas de VG) cumple la LO 1/2004. La diferencia entre violencia de género (ámbito pareja/ex-pareja, LO 1/2004) y discriminación general (LO 3/2007) es relevante.
  • → Tema 3 (Prevención de Riesgos Laborales): el art. 40 Código (PRL) remite a la Ley 31/1995 y al RD 179/2005 (PRL específico de la GC). Los mandos deben cumplir y hacer cumplir las normas.
  • → Tema 1 (Derechos Humanos — DUDH, PIDCP, CEDH): los Principios Básicos ONU 1990 referencian expresamente la DUDH y el PIDCP (Principio 12 — reuniones lícitas y pacíficas). El Código de Conducta GC se inspira en la Resolución 34/169 AG ONU (1979), la Resolución 690 del Consejo de Europa (1979) y el Código Europeo de Ética de la Policía (2001) — todos vinculados al art. 3 CEDH (prohibición de tortura) que se proyecta sobre los arts. 11 y 45 del Código.

Conexiones: LO 2/1986 art. 5, Ley 29/2014 arts. 6-7, CE arts. 14, 17, 104, 126, 149, CP arts. 20, 174-177, 410, LECrim art. 520, LO 3/2018, LO 3/2007, LO 1/2004, Ley 31/1995, DUDH/PIDCP/CEDH

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el resumen del tema 19 de Guardia Civil?

Esta página recoge plazos y cifras clave, trampas frecuentes de examen, reglas mnemotécnicas y conexiones entre temas de RD 176/2022 + Principios ONU 1990 + Orden PJC/849/2024. La visión general, el esquema completo y las tablas comparativas están en la página del tema 19 del temario. El PDF reúne las dos partes.

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¿El resumen del tema 19 está actualizado?

Sí. El texto se verificó contra el BOE el 11/06/2026. Un comprobador automático revisa a diario si alguna ley del temario ha cambiado, y cuando cambia regeneramos el tema entero.

¿Qué son las trampas de examen?

Errores que los exámenes oficiales usan una y otra vez: un plazo cambiado, un «podrá» donde la ley dice «deberá», una mayoría simple donde la ley exige absoluta. En el resumen del tema 19 aparecen con la formulación falsa y, al lado, lo que dice de verdad RD 176/2022 + Principios ONU 1990 + Orden PJC/849/2024.