Cubre la LO 1/2004 contra la Violencia de Género: derechos de las víctimas, acreditación, tutela penal y Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
El Tema 21 cubre la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, una ley transversal que reforma Código Penal, LOPJ, LEC, LECrim, Estatuto de los Trabajadores, LGSS y la Ley General de Publicidad. Es la columna del bloque «deontología / menores / violencia de género» y se examina con un patrón muy estable: composición y plazos de los órganos de tutela institucional, medios de acreditación y derechos de las víctimas.
Medio-alto. ~2-3 preguntas por convocatoria en el bloque de los temas 19-21 (8-10 % del cuestionario). Las preguntas se concentran en los Títulos II (derechos), III (tutela institucional) y V Cap. IV (medidas judiciales).
Confirmados por 12 preguntas reales de 6 convocatorias (2023-1A → 2025-A): Art. 1 (definición de VG); Art. 16 (Comisión contra la VG del CISNS); Arts. 17-20 (derechos de las víctimas, con Art. 19.2 y Art. 21.4 con trampas confirmadas en convocatoria); Art. 23 (acreditación); Art. 28 ter (reparación); Art. 29 (Delegación del Gobierno); Art. 30 (Observatorio Estatal, triple visto 2023-2024-2025); Art. 31 (unidades FCSE); Art. 44 (competencia Juzgados VG, art. 87 ter LOPJ); DA 21.ª (Macroencuesta).
Periodicidad de los informes (anual vs trienal), redacción literal de la composición del Observatorio, medios de acreditación admitidos (y sobre todo los no admitidos), competencia objetiva del Juzgado VG y carácter imperativo de la suspensión del régimen de visitas (art. 66).
LO 1/2004 arts. 1-72 y DDAA
Título preliminar — Disposiciones generales (arts. 1-2)

Laura conversa con su hermana en una sala de espera de un centro de atención a víctimas. Le cuenta que su pareja nunca la ha agredido físicamente, pero hace meses la controla: revisa su teléfono, le impide ver a sus amistades sin permiso y, en las últimas semanas, le ha exigido que entregue las llaves del coche cada vez que sale. Laura duda si lo que vive entra dentro del concepto legal de violencia de género o si la ley solo protege en supuestos de agresión física.
Cuando el examen pregunta por art. 1.3, el distractor frecuente sustituye la conjunción y por «física o psicológica» o suprime las coacciones o la privación arbitraria de libertad; los cuatro elementos van juntos.
El art. 1.3 LO 1/2004 incluye en la violencia de género todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.
Título I — Sensibilización, prevención y detección (arts. 3-16)
Título II — Derechos de las víctimas (arts. 17-28 ter)

Elena recibe en su domicilio una llamada del centro de servicios sociales que le presenta el plan de atención integral previsto por la ley. Al detallar los apartados, una de las trabajadoras menciona el apoyo educativo. Elena, que tiene dos hijos que han presenciado la situación durante meses, pregunta si esa prestación se dirige solo a ella o si puede alcanzar también a la pequeña unidad familiar que vive con ella. Necesita decidir si pide cita para una sesión informativa antes del próximo cambio de centro escolar.
Cuando el examen pregunta por art. 19.2.e, el distractor frecuente desplaza el destinatario a «la víctima»; la redacción legal dirige el apoyo educativo a la unidad familiar, mientras que la atención psicológica del 19.2.b sí va dirigida a la víctima.
El art. 19.2.e LO 1/2004 enumera, entre las prestaciones de la atención multidisciplinar, el apoyo educativo a la unidad familiar como concepto distinto de la atención psicológica del apartado 19.2.b.

María, administrativa en una empresa privada, reincorpora su jornada tras una semana de ausencias por la situación que está atravesando con su expareja. Su responsable de Recursos Humanos le pregunta cómo se computarán esas faltas. María entrega un informe firmado por una trabajadora social del centro especializado donde recibe atención. El responsable necesita confirmar si, conforme a la LO 1/2004, esas faltas se consideran justificadas y remuneradas o si la justificación depende de algún criterio adicional.
Cuando el examen pregunta por art. 21.4, el distractor frecuente es «en cualquier caso»; la pista es que la justificación y la remuneración operan cuando así lo determinen los servicios sociales o de salud, no de forma automática.
El art. 21.4 LO 1/2004 dispone que las ausencias o faltas de puntualidad de la trabajadora víctima de violencia de género se considerarán justificadas y serán remuneradas cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o los servicios de salud.

Carmen acude a un Punto Municipal de Atención a Víctimas para solicitar asesoramiento sobre los derechos laborales y la asistencia jurídica gratuita previstos en la LO 1/2004. La trabajadora social le pide algún medio que acredite formalmente la situación. Carmen ofrece una declaración propia firmada en la que relata los hechos. La profesional le explica que ese documento, por sí solo, no es uno de los medios admitidos por la ley; necesita aportar una resolución judicial, un informe del Ministerio Fiscal o un informe de servicios sociales especializados.
Cuando el examen pregunta por art. 23, el distractor frecuente es la declaración responsable de la víctima; la pista es que la ley enumera cinco medios oficiales y la propia declaración no figura en ninguno de ellos.
El art. 23 LO 1/2004 acepta como acreditación la sentencia condenatoria, la orden de protección, cualquier resolución judicial con medida cautelar, el informe del Ministerio Fiscal con indicios o el informe de servicios sociales, especializados o de acogida.

Patricia se reúne con la abogada que la asiste en el procedimiento. Sobre la mesa hay un borrador con los conceptos indemnizables que podrán reclamarse en la futura ejecución civil. La letrada le enumera el daño físico y psicológico, la pérdida de oportunidades de educación, empleo y prestaciones sociales, los daños materiales con su lucro cesante, el daño social entendido como daño al proyecto de vida y el tratamiento terapéutico. Patricia pregunta si las oportunidades de desarrollo cultural también encajan ahí o si la ley delimita un listado cerrado.
Cuando el examen pregunta por art. 28 ter.2, el distractor frecuente es «desarrollo cultural»; la ley enumera educación, empleo y prestaciones sociales dentro de la pérdida de oportunidades, sin mención al desarrollo cultural.
El art. 28 ter.2 LO 1/2004 incluye en la indemnización la pérdida de oportunidades de educación, empleo y prestaciones sociales, junto al daño físico-psicológico, los daños materiales con lucro cesante, el daño social al proyecto de vida y el tratamiento terapéutico.
Título III — Tutela institucional (arts. 29-32)
Título IV — Tutela penal (arts. 33-42)
Título V — Tutela judicial (arts. 43-72)
Disposiciones adicionales y finales (selección)
LO 1/2004 arts. 1-72; DDAA 1, 2, 11, 13, 18, 19, 20, 21; DF 3, 7
Tabla 1 — Violencia de género vs violencia doméstica
| Criterio | Violencia de género (LO 1/2004) | Violencia doméstica (art. 173.2 CP) |
|---|---|---|
| Sujeto activo | Hombre (cónyuge o análogo, aun sin convivencia) | Cualquier integrante del núcleo familiar o persona vulnerable que conviva |
| Sujeto pasivo | Mujer que es o fue cónyuge / pareja; también familiares o allegados menores (art. 1.4) | Cónyuge, descendientes, ascendientes, hermanos, menores / vulnerables bajo tutela, convivientes |
| Ámbito | Pareja o ex-pareja (con o sin convivencia) | Núcleo familiar amplio; exige convivencia para «especialmente vulnerables» |
| Órgano judicial | Juzgado de Violencia sobre la Mujer (arts. 43-44 LO 1/2004; art. 87 ter LOPJ) | Juzgado de Instrucción |
| Tipos penales específicos | Arts. 148.4, 153.1, 171.4, 172.2 CP (reformados por LO 1/2004 arts. 36-39) | Art. 173.2 CP (maltrato habitual) |
Tabla 2 — Medidas judiciales de protección del Cap. IV Título V (arts. 64-69)
| Medida | Artículo | Régimen |
|---|---|---|
| Salida del domicilio / prohibición de volver | Art. 64.1 | Potestativa (el Juez «podrá») |
| Permuta del uso de la vivienda familiar | Art. 64.2 | Excepcional, con agencia o sociedad pública |
| Alejamiento + distancia mínima + dispositivos telemáticos | Art. 64.3-4 | Potestativa; con independencia de que la víctima se hubiera marchado |
| Prohibición de comunicación | Art. 64.5 | Potestativa; acumulable a las anteriores (64.6) |
| Suspensión patria potestad / guarda y custodia / tutela / curatela / acogimiento / guarda de hecho | Art. 65 | Potestativa; si no la acuerda, el Juez debe pronunciarse sobre su ejercicio |
| Suspensión régimen de visitas, estancia, relación o comunicación con menores | Art. 66 | Imperativa: el Juez «ordenará» la suspensión; sólo no se acuerda si hay interés superior del menor, motivadamente |
| Suspensión tenencia, porte y uso de armas | Art. 67 | Potestativa; depósito obligatorio |
Tabla 3 — Ayudas del art. 27 (escalado del subsidio por desempleo)
| Supuesto | Duración equivalente | Apartado |
|---|---|---|
| Ordinaria (rentas menores al 75 % SMI) | Seis meses | 27.2 |
| Discapacidad ≥33 % de la víctima | Doce meses | 27.2 |
| Responsabilidades familiares | Dieciocho meses | 27.4 |
| Responsabilidades familiares + discapacidad ≥33 % (víctima o familiar conviviente) | Veinticuatro meses | 27.4 |
Tabla 4 — Órganos de tutela institucional (Título III)
| Órgano | Naturaleza | Adscripción | Función estrella | Artículo |
|---|---|---|---|---|
| Delegación del Gobierno contra la VG | Órgano directivo | Ministerio de Igualdad (o departamento con competencias) | Formula políticas; elabora la Macroencuesta; legitimación jurisdiccional | Art. 29 |
| Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer | Órgano colegiado | Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (literal BOE) | Informe anual al Gobierno y CCAA; datos desagregados por sexo | Art. 30 |
| Comisión contra la VG del CISNS | Comisión técnica | Consejo Interterritorial del SNS | Informe anual al Observatorio Estatal y al Pleno del CISNS | Art. 16 |
| Conferencia Sectorial de Igualdad | Órgano de cooperación | AGE + CCAA | Diseña los procedimientos básicos de acreditación (art. 23 último párrafo) | Art. 23 y DA 13.ª |
| Juzgados de Violencia sobre la Mujer | Órgano jurisdiccional | Jurisdicción ordinaria (partido judicial) | Competencia penal y civil conexa (art. 87 ter LOPJ) | Arts. 43-44 |
| Fiscal de Sala contra la VG | Fiscal de Sala | Fiscalía General del Estado | Supervisa y coordina al MF en VG | Art. 70 |
Tabla 5 — Medios de acreditación (art. 23)
| ¿Acredita? | Medio |
|---|---|
| Sí | Sentencia condenatoria |
| Sí | Orden de protección |
| Sí | Cualquier resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima |
| Sí | Informe del Ministerio Fiscal con indicios |
| Sí | Informe de servicios sociales, especializados o de acogida |
| Sí (sólo víctimas menores) | Documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial |
| No | Declaración responsable de la víctima (trampa 2023-1A Q95) |
LO 1/2004 arts. 16, 23, 27, 29, 30, 43-44, 64-69; art. 173.2 CP; art. 87 ter LOPJ
3 de 47 preguntas disponibles.
Ley Orgánica 1/2004. De la tutela penal. ¿En qué circunstancias se imponen las penas por malos tratos en violencia de género en su mitad superior?
Ley Orgánica 1/2004. Disposiciones adicionales. Señale la proposición CORRECTA sobre los protocolos de actuación en casos de violencia de género:
Ley Orgánica 1/2004. Del objeto de la Ley. La violencia de género también comprende la ejercida sobre familiares o allegados menores de edad de las mujeres cuando tiene como objetivo causar perjuicio o daño a las mujeres. Esta violencia deberá ser ejercida por:
Accede al temario completo
Este tema tiene 8 secciones y 47 preguntas tipo test con explicación. Prepara tu oposición con un plan diario adaptativo.
Empezar a preparar mi plaza →Este tema tiene 47 preguntas tipo test, cada una con 4 opciones, explicación detallada y referencia al artículo del BOE.
Sí. Nuestro contenido se genera desde la ley original publicada en el BOE y se revisa semanalmente para detectar modificaciones legislativas.
Puedes ver una muestra de preguntas en esta página. Para acceder a todas las preguntas y al plan de estudio adaptativo, crea una cuenta gratuita.